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Estudio acústico para licencias de actividad.

El término estudio acústico puede hacer referencia a distintos ámbitos dentro de la Ingeniería acústica.

Algunos ejemplos de estudios acústicos podrían ser:

  • Estudio acústico del aislamiento a ruido aéreo de un material en laboratorio.
  • Estudio acústico de la absorción de un material en laboratorio.
  • Estudio de acondicionamiento acústico de un recinto.
  • Caracterización del aislamiento acústico de un local.
  • Estudio de contaminación acústica.
  • Estudio de impacto medioambiental de una actividad.
  • Caracterización de potencia acústica de electrodomésticos

En realidad cualquier trabajo de caracterización acústica puede considerarse un estudio acústico pero en este artículo solo nos centraremos en los exigidos para obtener una licencia de actividad. 

Estudios acústicos para licencia de actividad

Las ordenanzas municipales y las leyes autonómicas exigen ciertos requisitos acústicos para poder iniciar una actividad. El objetivo es asegurar que el impacto acústico producido por dicha actividad no supera los límites establecidos por la legislación de tal forma que no ocasione molestias a la población.

En principio cualquier actividad puede requerir de un estudio acústico exigido por su ayuntamiento para obtener su licencia de apertura. Desde luego negocios como restaurantes, bares, discotecas, cines, talleres, etc. son negocios que claramente pueden producir molestias por ruidos a vecinos y viandantes.

Sin embargo en muchas localidades lo más común es sustituir este estudio acústico por una declaración responsable. Después llegan las quejas de los vecinos y las denuncias.

Ante la pregunta de si es obligatorio un estudio acústico en bares. Debería, pero pregunta en tu ayuntamiento.

Los requisitos acústicos exigidos para obtener una licencia de apertura, en términos generales, se basan en dos cuestiones:

Aislamiento acústico

Se trata de caracterizar el aislamiento acústico de los cerramientos del local. Esta exigencia solo es aplicable en algunas ordenanzas municipales. Las ordenanzas establecen el aislamiento acústico mínimo que tienen que presentar las paredes y el techo del local dependiendo del uso que se le vaya a dar y de los niveles de ruido que se produzcan en su interior.

La normativa actual para llevar a cabo un estudio de aislamiento acústico es la UNE-EN ISO 140 que pronto será sustituida por la UNE-EN ISO 16283, la cual ya puede ser utilizada.

Medidas in-situ

El procedimiento se basa en poner un altavoz en el recinto, registrar con un micrófono los niveles de presión sonora en el mismo recinto y a continuación registrar dichos niveles al otro lado del cerramiento a estudiar.

Para poder evaluar el ruido que atraviesa el cerramiento es necesario desechar el ruido ambiente que no genera nuestro altavoz, medir el ruido de fondo.

También es necesario medir el Tiempo de Reverberación del local receptor (local en el que no está el altavoz) para poder aplicar una corrección en las medidas.

Datos del informe

Los datos exigidos en el informe van a estar establecidos en las ordenanzas municipales o legislación autonómica pero siempre que se utilice la UNE-EN ISO 140 o la UNE-EN ISO 16283 estos puntos son imprescindibles:

· Una referencia a la Norma utilizada
· Nombre del organismo que ha llevado a cabo las mediciones
· Nombre del cliente
· Fecha del ensayo
· Descripción e identificación del edificio.
· Volumen del recinto emisor y receptor en m 3 (sin decimales)
· Superficie del cerramiento bajo estudio
· Diferencia de niveles estandarizada D nT o índice de reducción acústica aparente R’ en
función de la frecuencia
· Breve descripción del procedimiento de ensayo y de los equipos utilizados.
· Los resultados deben contar con una incertidumbre (R’ = 45 dB ± 3 dB). Esto es más
importante de lo que pueda parecer y de ello puede depender que se conceda una
licencia o no.

El resultado final (un número único) se calcula tal y como establece la Norma ISO 717-1 y esta ha de incluir su incertidumbre.

Emisiones/inmisiones acústicas.

Este requisito pretende asegurar que la actividad no emite más ruido del permitido fuera del local. Esto comprende por una parte el ruido que genera en la vía pública y por otra parte el ruido que la actividad genera en recintos o viviendas cercanas.
El Real Decreto 1367/2007 establece la metodología de la toma de datos y los límites de ruido establecidos a nivel nacional pero las ordenanzas municipales o la legislación autonómica pueden establecer otros métodos de medida y valores límite más restrictivos.

Medidas in-situ

Según el Real Decreto 1367/2007 se a de registrar el ruido emitido por la actividad cuando esta está funcionando a pleno rendimiento sonoro, es decir, en la situación en la que la actividad genera más ruido. Las mediciones se realizan poniendo un micrófono en la calle para registrar el ruido emitido a la vía pública y por otro lado colocando el micrófono en el recinto más
vulnerable a los ruidos de la actividad o en los recintos o viviendas cuyos propietarios sufran molestias por el ruido emitido.
Para poder evaluar el ruido generado por la actividad se debe repetir la medición con la actividad silenciada, de esta forma se determina el ruido de fondo que servirá para corregir la medición de la actividad.

Datos del informe

El Real Decreto 1367/2007 no establece los puntos que ha de tener un informe de emisiones
acústicas, sin embargo aquí os dejo algunos puntos que no deberían faltar:
· Nombre del organismo que ha llevado a cabo las mediciones
· Nombre del cliente
· Fecha del ensayo
· Descripción e identificación del edificio.
· Breve descripción del procedimiento de ensayo y de los equipos utilizados.
· Corrección por componentes tonales, de baja frecuencia e impulsivas.
· Por supuesto, el resultado debe ir acompañado de su incertidumbre.

¿Por qué consultar a un profesional?

Hoy día son muchos los ingenieros y arquitectos que se atreven con estudios acústicos, sin embargo la población está cada vez más sensibilizada con el problema de la contaminación acústica y la administración pública es cada vez más exigente con los estudios acústicos. El no contar con un profesional puede suponer tener que repetir el estudio acústico y en muchas ocasiones tener que pagar dicho estudio por duplicado. Por otra parte un estudio preoperacional facilita mucho la aplicación de medidas, las cuales resultan mucho más complejas y costosas una vez la actividad está en funcionamiento.

¿Cuánto cuesta un estudio acústico?

Como ya hemos comentado las exigencias dependerán de las ordenanzas municipales y las legislaciones autonómicas por lo que los costes de dicho estudio también variarán. La caracterización del aislamiento acústico de un elemento constructivo, como una pared, una fachada o un techo puede rondar los 400€ y una medición de emisiones acústicas puede estar en torno a los 300€.

El precio total de un estudio acústico dependerá de las exigencias de la administración pública y de la geometría y la localización de la actividad. En algunos casos será necesario caracterizar el aislamiento acústico de todas las paredes del local, el techo (en algunas ocasiones la medición del techo hay que separarla en dos tramos) y medir las emisiones acústicas generadas en la vía pública y en la vivienda de varios vecinos mientras que en otros casos será suficiente con una medición de emisiones acústicas a la vía pública.